Todas las empresas -sin importar el sector al que pertenezcan, su tamaño o su facturación- que dediquen sus esfuerzos y recursos al desarrollo de actividades innovadoras, tienen derecho a acceder a interesantes deducciones fiscales en el Impuesto sobre Sociedades.
Este beneficio está regulado por el Real Decreto 1432/2003, se conoce como deducciones fiscales I+D+i y se ha implementado como una especie de estímulo que incentiva a las organizaciones a seguir apostando por la innovación.
Es evidente que las empresas que reciben estas deducciones fiscales I+D+i mejoran su competitividad. Sin embargo, esto es solo una de las ventajas que se pueden conseguir, a continuación veamos otras de ellas.
¿Cómo funcionan las deducciones fiscales por I+D+i?
Las empresas dedicadas a las investigaciones y desarrollo de actividades innovadoras y tecnológicas pueden beneficiarse de este tipo de ayuda, con retornos que pueden ir desde 12% en proyectos de innovación tecnológica (iT) y hasta 42% en actividades de investigación y desarrollo (I+D), sobre los gastos directos.
Ciertamente, se trata de un estímulo muy oportuno que permite a la empresa que lo obtenga maximizar sus beneficios, motivo por el que es uno de los incentivos más solicitados tanto por grandes empresas como por Pymes y autónomos.
Las deducciones fiscales por I+D+i se solicitan ante el Ministerio de Economía y Competitividad, quien a través de la Dirección General de Innovación y Competitividad se encargará de solicitar y analizar todos los recaudos necesarios para su asignación.
¿Cómo se justifican las deducciones fiscales I+D+i?
Al momento de justificar este tipo de deducciones ante la Agencia Tributaria se pueden presentar las siguientes documentaciones:
- Informe Motivado Vinculante, emitido por el Ministerio de Economía y Competitividad.
- Memorias técnicas.
- Certificados emitidos por parte de organismos acreditados.
Principales ventajas de las deducciones fiscales I +D + i
Estas son las ventajas más importantes que se obtienen de las deducciones fiscales por I+D+i:
- Sus efectos contables son muy parecidos a los de las subvenciones, con la diferencia de que estas deducciones fiscales no tributan.
- Porcentajes de deducción muy altos, sobre todo en proyectos de innovación tecnológica.
- Pueden aplicar empresas de cualquier índole, siempre y cuando dediquen sus esfuerzos a la investigación y desarrollo de tecnologías innovadoras.
- Aplicables hasta en 18 años.
- Sin concurrencia competitiva. Es un derecho de las empresas que llevan a cabo actividades I+D+i.
- Son compatibles con otras subvenciones.
- Válidas para proyectos plurianuales y multiobjetivo.
- La ayuda es directamente proporcional a las actividades I+D+i realizadas por la empresa y su aplicación tiene lugar en la liquidación anual del Impuesto de Sociedades.
- Garantizan seguridad fiscal y jurídica.
- Ayudan a mejorar la competitividad de la empresa.
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